En una respuesta de la Congregación de la doctrina de la Fe, se permite que los transexuales reciban el sacramento. Lo mismo puede suceder con los hijos de parejas homosexuales.
El Papa Francisco acaba de autorizar la posibilidad para que los transexuales puedan recibir el bautismo en la Iglesia Católica. En la misma resolución se abren otras alternativas en su deseo de “aggionar” al catolicismo. Los hijos de parejas homosexuales también podrán ser bautizados y las personas homosexuales pueden ser testigos en los casamientos que se celebran en la Iglesia.
Todos estos cambios ya figuran en un comunicado de la Congregación de la Doctrina de la Fe, el departamento que se ocupa de velar por los aspectos que configuran la base de religión Católica Apostólica Romana.
Un gran cambio por la respuesta a un obispo brasileño
En julio de este año, un obispo brasileño hizo una serie de preguntas sobre qué entiende la doctrina de la fe sobre ciertas posibilidades con ciertos sacramentos, como el bautismo, para personas transexuales o los hijos de homosexuales.
La respuesta se conoció ahora y surge en un escrito de tres páginas que en la última lleva la firma del papa Francisco.
En concreto, como respuesta a esas preguntas, los cambios de impacto dentro de la iglesia Católica son:
- “Un transexual que también se hubiera sometido a un tratamiento hormonal o a una intervención quirúrgica de reasignación de sexo puede recibir el bautismo con las mismas condiciones del resto de fieles”.
- La única condición es que “no haya situaciones en las que se dé el riesgo de generar escándalo público o desorientar a los fieles”.
- En el caso de “niños o adolescentes con problemáticas de naturaleza transexual, si están bien preparados y dispuestos, pueden recibir el bautismo”.
- Los hijos de parejas homosexuales podrán también ser bautizados. Solo debe tenerse la certeza de ser educados en la vida cristiana, condición para cualquier tipo de bautismo).
También se puede ser padrino en un bautismo. Sin embargo, hay una aclaración: como el tema de ser un testigo de bautismo no es derecho per sé, dice: “La prudencia pastoral exige que no se permita si existe riesgo de escándalo, legitimación indebida o desorientación en el ámbito educativo de la comunidad eclesial”.
El caso de los testigos
Esta resolución, que tiene 6 puntos en su respuesta al obispo brasileño, también toma una serie de medidas sobre las calidades para ser testigos.
Primero se aclara que no hay absolutamente nada en la Doctrina Católica que impida a una persona transexual ser padrino en una boda. (punto 3) y tampoco hay prohibición alguna para que una persona homosexual (y conviviente) pueda ser testigo en una boda. (punto 6).
El texto se aprobó el pasado 31 de octubre y la firma del papa está acompañada por la del cardenal argentino Víctor Manuel Fernández, nombrado por Francisco como prefecto del dicasterio de la Doctrina de la Fe.