La Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) instó a los viajeros que ingresen o salgan del país a cumplir con la normativa que regula la declaración electrónica aduanera, especialmente en lo relativo al transporte de sumas de dinero en efectivo o instrumentos financieros por encima de los USD 10.000.
Según la institución, sigue en vigor la Resolución DNA N.º 475/2021, que establece el uso obligatorio del Sistema de Declaración Electrónica Aduanera para todas las personas que transporten efectivo u otros medios negociables, como cheques de viajero, bonos o acciones, cuyo monto supere el umbral indicado. La normativa busca fortalecer la transparencia y facilitar los controles fronterizos, además de prevenir prácticas ilegales como el contrabando o el lavado de activos.
Desde la DNIT subrayan que no existe un límite máximo para ingresar o retirar dinero del país, pero sí es imprescindible informar cuando se supera el monto estipulado. El procedimiento debe realizarse de forma obligatoria a través del sistema electrónico habilitado.
En cuanto a los efectos personales, como ropa, dispositivos electrónicos de uso habitual, libros o artículos deportivos individuales, estos se encuentran exentos de tributos aduaneros, siempre que su cantidad no sugiera fines comerciales.
Por otro lado, se establecen franquicias aduaneras para bienes como obsequios traídos por los viajeros, que varían según el medio de ingreso. Por vía aérea o fluvial, el límite es de hasta USD 1.000; mientras que por tierra, en pasos fronterizos, el monto es de hasta USD 300. Para compras realizadas en tiendas libres de impuestos (duty free), se autoriza una franquicia adicional de USD 500.
La DNIT recomienda a la ciudadanía consultar previamente los requisitos para evitar inconvenientes, sanciones o retención de productos no declarados. El cumplimiento de estas normas, sostiene la institución, es clave para garantizar un comercio seguro y ordenado en el país.