El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS) abrió el periodo de recepción de denuncias para trabajadores que no percibieron el aguinaldo en el plazo legal y advirtió que el incumplimiento puede derivar en sanciones económicas para los empleadores responsables.

Según la normativa vigente, el aguinaldo constituye una obligación anual que debe abonarse antes del 31 de diciembre, por lo que, una vez superada esa fecha, el trabajador afectado queda habilitado para formalizar la denuncia ante la autoridad laboral.

En ese marco, el MTESS recordó que los reclamos pueden presentarse de manera presencial en su sede central de Asunción, ubicada sobre Luis Alberto de Herrera esquina Paraguarí, así como en las 14 Direcciones Regionales de Trabajo distribuidas en todo el país. Además, se encuentra disponible la línea de WhatsApp (0993) 308 100 y la opción de denuncia web a través del portal institucional www.mtess.gov.py, en la sección servicios.

Asimismo, la cartera laboral precisó que en el departamento de Boquerón funciona una oficina exclusiva destinada a la atención de pueblos originarios, con el objetivo de facilitar el acceso al sistema de denuncias. En todos los casos, el horario de atención es de lunes a viernes, de 07:00 h a 15:00 h.

Por otro lado, el Ministerio subrayó que las denuncias pueden realizarse de forma nominal o anónima para garantizar la confidencialidad del denunciante y el acompañamiento institucional durante todo el proceso.

Respecto al derecho al aguinaldo, la institución aclaró que corresponde a todos los trabajadores en relación de dependencia y que su cálculo se basa en la suma de los ingresos percibidos durante el año, como salarios, horas extras y comisiones, dividida entre 12. Sin embargo, quedan excluidos de este cálculo la bonificación familiar, el permiso por maternidad y los reposos médicos.

Además, el MTESS recordó que el aguinaldo es inembargable, por lo que no admite descuentos bajo ningún concepto, independientemente de la situación financiera del trabajador.

Una vez presentada la denuncia, el Ministerio inicia una instancia de mediación entre las partes con el objetivo de lograr el pago correspondiente. No obstante, en caso de que el empleador no comparezca, el expediente se remite a la Dirección General de Inspección y Fiscalización del Trabajo para la aplicación de las medidas legales pertinentes.

Finalmente, la autoridad laboral advirtió que la falta de pago del aguinaldo puede derivar en multas que oscilan entre 10 y 30 jornales mínimos por cada trabajador afectado, conforme a lo establecido en el Código del Trabajo.