Un hombre fue condenado a dos años de prisión, con la ejecución de la pena suspendida, por incumplir con su obligación de manutención hacia su hija menor.

La denuncia fue presentada el pasado 5 de febrero de 2021 en la Fiscalía de Ñemby. El hombre estaba obligado a pagar G. 3.000.000 mensuales a favor de su hija, según una sentencia del 2 de febrero de 2015 del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, de la Niñez y Adolescencia de Lambaré.

Desde la apertura de la cuenta en el Banco Nacional de Fomento (BNF), el hombre solo hizo un pago de G. 1.000.000 en marzo de 2016, acumulando una deuda significativa.

En el juicio, dirigido por la fiscal Gladys González, se determinó que J.A.G. deberá pagar G. 150.000.000 en cinco años, además de cumplir con el monto mensual establecido por el Juzgado. Los depósitos de J.A.G. fueron irregulares, con un único pago en marzo de 2016, lo que confirmó su incumplimiento de la obligación alimentaria.